Amigos:
En la en la sesión ordinaria del 14 de abril de 2011, en la Cámara de Diputados
aprobamos el dictamen que busca terminar con prácticas monopólicas, así como
simplificar y perfeccionar mecanismos de acción de la Comisión Federal de
Competencia (Cofeco).
Se introduce por primera vez la posibilidad de aplicar sanciones corporales,
con una modificación al 254 del Código Penal Federal para castigar con cárcel
de 3 a 10 años a los infractores por violaciones consideradas como prácticas
monopólicas absolutas.
Al fundamentar el dictamen que reforma la Ley Federal de Competencia Económica,
el Código Penal Federal y el Código Fiscal de la Federación, el presidente de
la Comisión de Economía señaló que se establecen en el marco legal mexicano
estándares internacionales en materia de sanciones pecuniarias.
Abundó que hoy en día, con el sistema de múltiplos de salarios mínimos, la
multa máxima que puede imponer la comisión es de 85 millones de pesos, que para
muchos infractores sale más barato pagarlos que cumplir la ley; con la reforma
será hasta del 10 por ciento de los ingresos totales de los agentes
infractores.
Afirmó que con estas reformas el país podrá “poner al día lo que tenemos en
deuda con los consumidores y pequeños empresarios desde hace 100 años”.
Refirió que las modificaciones constituyen un avance importante y colocan al
país en los mejores estándares internacionales.
Se establece que el Secretario Ejecutivo será designado por el Ejecutivo
federal y no por el comisionado presidente, lo que introduce un sistema de
pesos y contrapesos al interior de la Cofeco; da mayor participación a los
comisionados al crear la figura del comisionado ponente, que elaborará los
proyectos de resolución de las investigaciones de la Comisión a fin de
presentarlos ante el pleno.
Adicionalmente, se acortan los términos del mandato de
los comisionados y se da la posibilidad de reelección para constituir periodos
que trasciendan sexenios y no se establezca correlación con un periodo
presidencial.
Además se fortalece la capacidad de investigación de la Cofeco, pues se
establece el carácter sorpresivo de las visitas de verificación, sin perder las
garantías de los agentes económicos, fundamentalmente que la información
recabada sea la estrictamente relacionada con los temas de competencia.
Mencionó que actualmente las visitas de verificación deben anunciarse, de tal
forma que cuando llegan los investigadores, “pudiera destruirse evidencia
fundamentalmente relevante para los casos”.
Argumentó que la prohibición de monopolios, prácticas monopólicas y los
estancos, se encuentra en el artículo 28 de la Constitución de 1917 y data
desde la de 1857, “pero la realidad es que en todo el Siglo XX y lo que
llevamos del XXI no hemos sido capaces de tener una ley reglamentaria que
permita exigir en todo su texto el artículo 28 constitucional”.
Mi compañero, el diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez dijo que en el dictamen
se tipifica como delito las prácticas monopólicas absolutas, “esta reforma
representa un verdadero cambio que impulsa la competencia económica en México,
fortalece el rol del Estado en su papel de regulador de entornos apropiados
para el crecimiento de la economía nacional”.
Aprobado en lo general y particular el dictamen se devolvió al Senado de la
República para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional.
No hay comentarios:
Publicar un comentario