Amigos y amigas:
En el Pleno de la Cámara de Diputados aprobamos, con 377 votos en pro, cero en
contra y una abstención, reformas al Código Federal de Procedimientos Civiles,
que hace efectivo a personas con discapacidad visual, auditiva o de locución el
acceso igualitario a la justicia, cuando participen en procedimientos civiles.
La reforma plantea adicionar los artículos 107, con un tercer párrafo; 180, con
un tercer párrafo; 271, con un quinto párrafo; 274 Bis, con un segundo párrafo
y 342, con un segundo, tercero y cuarto párrafos, todos del Código Federal de
Procedimientos Civiles.
Establece que cuando el absolvente, un testigo, alguna o ambas partes tuviesen
alguna discapacidad visual, auditiva o de locución, el juez de la causa deberá,
a petición de la parte que lo requiera, ordenar la asistencia necesaria en
materia de estenografía proyectada o de ayuda técnica respectiva.
Mi compañero, el diputado Gregorio Hurtado Leija dijo que a pesar del
ordenamiento internacional que compromete a los Estados partes a asegurar y
promover el ejercicio de todos los derechos humanos y las libertades
fundamentales de las personas con discapacidad, sin discriminación, se debe
reconocer que hoy en día enfrentan una serie de obstáculos que les dificultan o
les impiden ejercerlos plenamente.
De ahí la importancia, dijo, de avanzar en adecuaciones al marco jurídico en
beneficio de los sectores más vulnerables, como las personas con discapacidad y
personas de comunidades indígenas.
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